Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra la Providencia Administrativa Nro. 0027 de fecha 26 de febrero de 2020 emanada la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz" sed Sur del Municipio Libertador del Distrito Capital, la cual declaró Sin Lugar la Solicitud de Reenganche y Restitución a la Situación Jurídica Infringida, incoado por el ciudadano JOSE RAFAEL SILVA VILLEGAS en contra de la entidad de trabajo INDUSTRIAS INTERCAPS DE VENEZUELA, C.A. SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República. TERCERO: No hay especial condenatoria en costa, dada la naturaleza de la presente decisión.