Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS incoara la ciudadana MARIA HORTENCIA ALBORNOZ ANGULO en contra de las empresa LABORATORIOS LETI-CONSUMO, S.A; ambas partes identificadas en el cuerpo de la presente decisión. SEGUNDO: SE CONDENA en costas a la empresa LABORATORIOS LETI-CONSUMO, S.A, de conformidad a lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.