PRIMERO: CON LUGAR la ACCION DE NULIDAD interpuesta por la FUNDACION IGUINI en contra de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº. 759-11, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 08 de octubre de 2011, que declaro CON LUGAR la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos presentada por la ciudadana JOSEFINA BRAVO GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nº. 5.193.34; y en virtud de ello, SE DECLARA la nulidad de la referida providencia administrativa, por estar viciada de ilegalidad.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
TERCERO: Se ordena la notificación de esta decisión, a la PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en el entendido que una vez se consigne en el expediente la notificación de la Procuraduría, se comenzará a computar el .....