PRIMERO: INJUSTIFICADO el despido del cual fue objeto el reclamante en fecha 09 de abril de 2012; y como consecuencia de ello, se declara CON LUGAR, la solicitud de CALIFICACION DE DESPIDO presentada por el ciudadano CARLOS FRANCISCO DIAZ BLANCO en contra de la empresa ARMORGROUP VENEZUELA, S.A. SEGUNDO: SE ORDENA la reincorporación del referido ciudadano al cargo que venía desempeñando para el momento de su ilegal despido en las mismas condiciones o en otro similar, con el correspondiente pago de los salarios caídos que se hayan generado desde la fecha de notificación de la empresa demandada en el presente juicio (26-04-12), hasta la efectiva reincorporación del trabajador, a razón de un salario mensual de Bs. 7.500,00; con exclusión de los períodos en los cuales la causa haya estado suspendida por acuerdo entre las partes, o paralizada por causas extrañas a la voluntad de las partes (caso fortuito o fuerza mayor).
TERCERO: Se condena en costas a la empresa reclamada, por resultar t.....