PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de CALIFICACION DE DESPIDO presentada por el ciudadano: LUIS ANTONIO JIMENEZ LUGO, titular de la cédula de identidad Nº 9.493.244; en contra de la sociedad mercantil AFILADORA Y CERRAJERÍA MASTER FILO, C.A.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, SE ORDENA la reincorporación inmediata del referido ciudadano, a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones que éste tenía para el momento de su ilegal despido, o en su defecto en un cargo de condiciones similares, para lo cual, deberá igualmente la referida empresa, cancelar los salarios caídos que se hayan causado desde el momento de la notificación de la empresa demandada (14-10-11), hasta la efectiva reincorporación del trabajador, a su puesto de trabajo, de cuyo período, deberá excluirse aquellos períodos en las cuales la causa haya estado suspendida o paralizada por causa extraña no imputable a las partes, como por ejemplo, los períodos de vacaciones judiciales, huelgas tribunalicias, entre otros.....