PRIMERO: CON LUGAR, la Acción de Amparo Constitucional, intentada por el ciudadano DANLLER JOSÉ ARDILES QUINTERO contra la CORPORACIÓN DE SERVICIOS DEL DISTRITO CAPITAL S.A. ambas partes plenamente identificadas en el cuerpo de esta decisión. En consecuencia, SE ORDENA a la referida empresa, a dar inmediato cumplimiento a la Providencia Administrativa signada con el N° 575-2010, de fecha 28 de junio de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo Pedro Ortega Díaz, la cual declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por el ciudadano DANLLER JOSÉ ARDILES QUINTERO, por lo que ante la infracción de lo previsto en la norma de los artículos 87, 91 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordenándose el restablecimiento inmediato de la situación jurídica infringida en las mismas condiciones o las más similares con el expreso mandamiento que el presente dispositivo sea acatado por todas las autoridades de la República, so pena de in.....