En virtud de las anteriores consideraciones y de la lectura de la solicitud de aclaratoria presentada, este Juzgado declara procedente la solicitud de aclaratoria de sentencia presentado por el apoderado judicial de la parte actora, siendo cierto que se omitió pronunciamiento respecto a los puntos señalados, es por ello, que este Juzgado en atención a lo solicitado, y en ampliación a la sentencia dictada en fecha 03 de mayo de 2013, se establece: i) se ordena el pago de los intereses de mora de todos los conceptos condenados desde la terminación de la relación laboral hasta su efectivo pago, incluyendo en este monto, la cantidad de Bs. 131.974,63, suma que fue ordenada cancelar en la sentencia definitiva, ii) se ordena el pago de la indexación de la prestación de antigüedad y los demás conceptos condenados desde la fecha de finalización de la relación laboral hasta su efectivo pago. Así se declara.-