I
DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR AGRICOLA TORONDOY, C.A.
En relación a las documentales cursantes que rielan en el cuaderno de recaudos N° 1 del folio 111 al folio 258, del cuaderno de recaudos N° 2 del folio 2 al 330, del cuaderno de recaudos N° 3 del folio 2 al 355, y del cuaderno de recaudos N° 4 del folio 2 al 320, este juzgado ADMITE las mismas, salvo su apreciación o no en la definitiva. Así se decide.
II
DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR C.A. CENTRAL VENEZUELA
Se deja Constancia que la parte demandada no promovió pruebas, según consta en el folio N° 105 al 106 del cuaderno de recaudos N° 1 del presente Asunto.
La Jueza
Lisbett Bolívar de Querales
LA SECRETARIA,
Karla Saéz