Por otra parte, visto que en el escrito transaccional específicamente en las cláusula séptima, la parte demandada, a los fines de dar por terminado el proceso, ofreció a la ciudadana NHORA CAMPOS, ya identificado, un pago único por la cantidad de SESENTA MIL (Bs. 60.000,00), ofrecimiento éste que fue aceptado sin reserva por la parte actora, cantidad ésta que fue recibida en su totalidad por la demandante mediante el cheque de gerencia Nro.00000743 de fecha 30-7-2014 a nombre de la accionante, instrumento de pago, girado contra el Banco Bicentenario Banco Universal, cuya copia se acompañó al escrito transaccional, para dar por terminado el presente juicio por prestaciones sociales y Otros conceptos.
En consecuencia, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el citado artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Las trabajadoras y los Trabajadores, acuerda impartirle la HOMOLOGACIÓN a dicha transacción en los términos en que fue expuesta, en consecuencia, tiene el carácter de c.....