Con base en las consideraciones expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de abstención o carencia incoado por el ciudadano Grevyc Gudiño Blanco, cédula de identidad Nro. 12.629.94 contra la Inspectora Jefe del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador, sede Sur.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay condena en costas.
Se deja constancia que el lapso (cinco días de despacho conforme al artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa) para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy exclusive.
No se ordena la notificación del Procurador General de la República por cuanto la sentencia no obra contra los intereses patrimoniales de la República, conform.....