Declara: PRIMERO Homologada la transacción celebrada en el juicio interpuesto por el ciudadano HERNAN JOSE DELPINO RONDON, titular de la cédula de identidad núm. 12.639.872, contra la entidad de trabajo ALIMENTOS LF CCT C.A, ambas partes debidamente identificadas en los autos. SEGUNDO No hay condenatoria en costas en virtud de lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión comenzará a correr a partir del día de hoy, exclusive.-