Sobre la base de los anteriores argumentos este Juzgado Cuarto de de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara: IMPROCEDENTES, la medida cautelar de Amparo Constitucional y la medida cautelar de suspensión de los efectos del acto impugnado dictado en el expediente Nº 079-2011-01-01040, de fecha 29-04-2011, emanado de la Inspectoría del Trabajo Pedro Ortega Díaz, sede Caracas Sur, Municipio Libertador, que decretó medida preventiva a favor de la ciudadana Carmen Teresa Alquegui, titular de la cédula de identidad Nº 4.137.308, a su puesto de trabajo, y el pago del salario devengado por la trabajadora, hasta que se resuelva la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos.