PRIMERO: CON LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRICION DE LA ACCION, opuesta por la parte demandada, respecto a la pretensión de pago de prestaciones sociales y demás conceptos derivados de la relación de trabajo que vinculo a ambas partes.
SEGUNDO: PARCIALEMTE CON LUGAR LA DEMANDA, respecto a la pretensión de pago de las indemnizaciones por ACCIDENTE DDE TRABAJO. En consecuencia, se condena a la parte demandada al pago de la indemnización por Daño Moral derivado de la responsabilidad objetiva, la cual se establece por la cantidad de BOLIVARES CIEN MIL EXACTOS (Bs.100.000,oo).
TERCERO: PARCIALEMTE CON LUGAR LA DEMANDA, Se acuerda la Indexación Judicial sobre el monto condenado a pagar por concepto de daño moral, conforme al artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de acuerdo al IPC del Área Metropolitana de Caracas, contado a partir de la publicación de la presente Sentencia, hasta su efectiva ejecución, para lo cual se ordena una experticia complementaria del fallo a realizarse p.....