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Decisiones del dia 23/10/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Cuarto De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2013-001593 N° Sentencia : Fecha: 23/10/2013
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
ALFREDO MEZA Y OTROS CONTRA LA EMPRESA COMPAÑÍA ANOMINA CIGARREGA BIGOTT
Resumen:
En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de la parte demandada de que se declare inadmisible la demanda por carecer ASOCITREBI de legitimación para representar a los demandantes en el presente juicio. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano ALFREDO MEZA Y OTROS contra la empresa COMPAÑÍA ANOMINA CIGARREGA BIGOTT, por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros. TERCERO: Se exonera de costas a la parte actora conforme a lo establecido en el art. 64 de la LOPTRA.
Juez/Ponente:
Lisbett Bolivar Hernández
Organo:
Juzgado Cuarto De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2013-002238 N° Sentencia : Fecha: 23/10/2013
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
YONARY ALBERTO PACHANO HURTADO VS. POLICLINICA CARONI C.A.,
Resumen:
De todo lo trascrito ut-supra es claro para esta Juzgadora que en todo momento debe la parte promovente, no solo aportar copia de las documentales solicitadas en exhibición o en su defecto suministrar de manera exacta los datos que conozca de las documentales (de lo único que se encuentra relevada la promovente es de aportar la presunción grave a que se refiere la norma del artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo cuando se trata de documentos que el empleador debe tener en su poder por disposición de alguna norma de rango legal), carga que en el caso sub iudice no fue cumplida, sino llenar los requisitos existenciales y de validez para su admisión, entre los cuales descansa la pertinencia y legalidad, sobre los cuales subyace la naturaleza de una prueba que el legislador adjetivo establece para la comprobación de hechos ciertos y positivos, y en atención a lo anteriormente expresado, debe este Juzgado NEGAR la admisión del referido medio probatorio. ASÍ SE DECIDE.
Juez/Ponente:
Lisbett Bolivar Hernández
Organo:
Juzgado Cuarto De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo
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