Sobre la base de los anteriores argumentos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara: IMPROCEDENTE, la medida cautelar de suspensión de los efectos contra la Providencia administrativa Nº 954-12, de fecha 7 de Diciembre de 2012, dictada por la Inspectoría en el Este del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud del ciudadano Cristhian Rafael García Rojas, plenamente identificado a los autos, ordenando a la empresa hoy recurrente al reenganche y pago de los salarios caídos del mencionado ciudadano.