Así las cosas, con base a los anteriores razonamientos de hecho y de derecho, este Juzgado debe declarar PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, de modo que, SE SUSPENDEN TEMPORALMENTE los efectos en el acto administrativo de efectos particulares de la providencia administrativa signada con la nomenclatura P.A.Nº 00010-14, de fecha 28 de Enero de 2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador, Sede Norte, en la cual se resolvió imponer multa a la Empresa EVER GOLD SECURITY SERVICES, C.A., por la cantidad de BOLIVARES SEISCIENTOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO (Bs. 600.384,08) por presunto desacato a órdenes y requerimientos de la Autoridad Administrativa del Trabajo, por Órgano de dicha Inspectoría del Trabajo supra identificada; por existir presunción grave de haberse comprometido el Debido Proceso Constitucional. En consecuencia, se ordena la suspensión de toda medida administrativa de multa, o su ejecución, as.....