Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, en la ACCION DE NULIDAD interpuesta por la entidad del Trabajo CAFETERIA AMARELO EL RECREO C.A., contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 00161-15 de fecha 30 de junio de 2015, emitida por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador, Sede Norte, la cual declaro con lugar el reclamo por concepto de Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales del trabajador MIGUEL ENRIQUE AGRAZ VERA ordenando a la entidad del trabajo CAFETERIA AMARELO EL RECREO C.A., cancelar al referido trabajador sus Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente.....