Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana Ana Joaquina Lucas Díaz contra la Fundación de Edificaciones y Dotaciones Educativas (F.E.D.E.), adscrita bajo el Régimen tutelar al hoy Ministerio del Poder Popular para la Educación, partes suficientemente identificadas a los autos. Segundo: Se exonera de costas a la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las razones de hecho y de derecho sobre las cuales se fundamente la presente decisión serán explanadas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al de hoy. Tercero: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de l.....