Con mérito a todos los razonamientos de hechos y de Derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por pago de diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos, incoada la ciudadana JUSBEL PACHECO contra el INSTITUTO UNIVERSITARIO NUEVAS PROFESIONES y el GRUPO ECONOMICO SOCIEDAD CIVIL SERVICIOS EDUCATIVOS UNIVERSITARIOS y LA FUNDACION HUMBOLDT. En consecuencia se declaran procedentes el pago de los siguientes conceptos: 1) 285 días por concepto de Antigüedad, 20 días por concepto de días adiciones, e intereses sobre prestaciones sociales, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 108 eiusdem; 2) 90 días por conceptos de indemnización establecida en el artículo 125 eiusdem, 3) 60 días por conc.....