En consecuencia, este Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, vista que la mediación ha sido positiva, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS, dándole efectos de cosa Juzgada. Asimismo, se dar por terminado el presente asunto, asimismo se ordena la devolución de las pruebas a las partes. Es todo, se leyó, termino y conformes firman.
LA JUEZ
OMAIRA ALEJANDRA URANGA
EL SECRETARIO
ANTONIO BOCCIA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA