; dándose así inicio al acto, el apoderado de la parte actora expone desisto de la demanda incoada contra la persona natural JOSÈ ENRIQUE PALMA, en consecuencia este Juzgado homologa dicho desistimiento. Ahora bien, se deja constancia que se trato de mediar y conciliar el presente asunto, no siendo posible la mediación en consecuencia, se da por concluida la Audiencia Preliminar. Y de conformidad con lo previsto en el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena incorporar, en este mismo acto, al expediente las pruebas promovidas por las partes a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio.
La Juez
La Secretaria
Abg. Lilia Nohemi Zoriano Trejo
Abg. Corina Guerra
Apoderado judicial de la parte actora
Apoderados judiciales de la parte demandada