Se declara la presunción de admisión de hechos y en cuanto a la procedencia de todos y cada uno de los conceptos; este Juzgado lo hará en la publicación íntegra del fallo, la cual será dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a esta fecha, lapso éste contemplado en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual se aplica por analogía, conforme a lo previsto en el artículo 11 ejusdem.