en consecuencia, este Juzgado visto que los conceptos y cantidades reclamados en el libelo son reconocidos en la presente transacción, la homologa, en lo que a ello respecta. Ahora bien, las partes manifiestan en el escrito transaccional, específicamente en la cláusula quinta, que el presente acuerdo tiene por objeto, entre otros aspectos en ella señalados, ponerle fin a cualquier diferencia ".....derivada de la ocurrencia de la relación de trabajo, por enfermedad o accidente laboral, por mobbing o cualquier tipo de acoso según lo expresado en la normativa laboral vigente..."; en tal sentido no se imparte homologación sobre el particular, lo cual no fue objeto de la presente demanda, y en virtud de lo establecido en el artículo 9 del Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nº 38.596, de fecha 3 enero de 2007, y en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los.....