Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara: CON LUGAR la acción intentada por los ciudadanos LENDIN PÉREZ Y PEDRO SUAREZ contra la empresa BILLARES 2021, C.A., y se condena a la misma a pagar la cantidad de QUINCE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO BOLÍVARES (Bs.15.391.378,00), por los conceptos debidamente discriminados en la forma que establece la presente decisión más la cantidad que resulte del cálculo que realice el perito designado al efecto por este Tribunal. Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado perdidosa en el presente juicio. ASI SE DECIDE. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196° y 147°.