En este estado toma la palabra la apoderada judicial de la parte actora, debidamente facultada para este acto, según se evidencia de instrumento poder que riela a los autos, y expone: En nombre de mí representado declaro que acepto la suma ofertada de Bs. 40.000,00, con lo cual se le entienden cancelados todos los conceptos demandados, otorgándole a la empresa demandada es el más absoluto finiquito de Ley; asimismo declaro recibir el cheque personal antes identificado, el cual me obligo a entregar a mi representado; es todo. Este Juzgado vista que la mediación ha sido positiva, y que la misma no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público, la homologa dándole efecto de cosa juzgada. Se deja constancia que se le hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar.
LA JUEZ
LA SECRETARIA
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
MARIANDREA GONZALE