En consecuencia, este Juzgado, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables de la parte actora, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, así como por haber sido celebrado de manera libre, espontánea y consciente le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Asimismo vista la solicitud de copias certificadas se acuerda de conformidad las copias certificadas solicitadas del escrito transaccional y de la presente decisión mediante el cual se homologa. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada, en el salón de despacho del Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas a los Seis (06) días del mes de Marzo de 2012.
La Jueza
Abg. CAROLINA CHAKIAN MAYARLLAN.
La Secretaria
Abg. María.....