Este tribunal, visto el presente acuerdo, y por cuanto el mismo no infringe las normas del orden público, y cumple los requisitos del artículo 3° de la Ley Orgánica del Trabajo, ACUERDA LA HOMOLOGACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO, y da por terminada la presente causa, en concordancia con los artículos 9° y 10 del Reglamento de la Ley. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez,
Abg. FELIX MANUEL MILANO
LA SECRETARIA
Abg. ANABELLA FERNANDES .....