este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los Doce (12) días del mes de mayo de dos mil diez (2010). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Año 147° y 198°
EL JUEZ
Abg. Félix Manuel Milano La secretaria
Abg. Lorena Guilarte