Este Juzgado visto y luego de haber constatado que el presente acuerdo se alcanza de manera voluntaria, y siendo la mediación positiva, de conformidad con el artículo 133 de la LOPTRA y 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y las Trabajadores le imparte la HOMOLOGACIÓN respectiva otorgándole fuerza de Cosa Juzgada. Asimismo se acuerda la entrega de las pruebas consignadas en la oportunidad de la audiencia preliminar. Finalmente este Juzgado, procede a dar por terminado el presente procedimiento y ordena su archivo del cierre informático del asunto, en razón de no haber ninguna otra actuación que realizar con ocasión al presente procedimiento.
La Jueza.
Abg. CAROLINA CHAKIAN M.
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