Por lo anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto (6°) Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento, presentado por la parte actora la ciudadana: GLORIA PATRICIA TIRADO PÉREZ, titular de la cédula de identidad N° V-28.317.990, contra la entidad de trabajo: Asociación civil HOGAR BAMBI VENEZUELA por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES. SEGUNDO: Se da por concluida la presente causa como en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada; y transcurridos cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha, sin que esta decisión haya sido objeto de recurso alguno, se procederá a ordenar el cierre y archivo del expediente. TERCERO: Se ordena libar oficio a la Coordinación Judicial de este Circuito Judicial del Trabajo del Áre.....