Por todo lo antes expuestos este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas plantea: CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA en el presente juicio, y ordena remitir el presente expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la incompetencia de este Juzgado para conocer de la presente acción por nulidad de acto administrativo la cual es la Providencia Administrativa, Y ASÍ SE DECIDE. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.
Remítase mediante oficio la presente causa a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dado, Firmado, Sellado en el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los veintiséis (26) días del mes de octubre de dos mil quince (2015).....