Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la impugnación del informe de experticia complementaria del fallo interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora en el presente juicio, por manifestar ser la misma insuficiente.
Ahora bien, de la revisión del informe de experticia se evidencia que el experto no realizo lo dictaminado por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de este Circuito Laboral, al ordenar realizar los descuentos concepto por concepto de manera separada, tomando en cuenta la planilla de liquidación inserta al folio 74 de la primera pieza, dando como resultado una cantidad a pagar en el informe un monto que resulta excesivo; por lo que este Juzgado de acuerdo al cuadro supra, y habiendo establecido y rea.....