En consecuencia, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, procede a impartirle la HOMOLOGACIÓN a la presente TRANSACCIÓN por la cantidad de BOLIVARES FUERTES SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON CUARENTA CENTIMOS (BsF. 64.645,40), en los términos expuestos, dándole efectos de Cosa Juzgada, y, en consecuencia, DÁ POR TERMINADO el procedimiento y ordena el Cierre Informático y Archivo Definitivo del presente expediente