En este sentido, este Tribunal pasa a emitir pronunciamiento en cuanto al escrito presentado por las abogadas: MARYURIS LIENDO y KARINA QUERALES, Abogadas e inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 34.421 Y 95.699, respectivamente., procediendo en su propio nombre y en representación de sus propios derechos, en el cual formula estimación de sus honorarios profesionales causados con motivo del trabajo realizado en le expediente N° AP21-L-2023-000296, contentivo del juicio seguido por la ciudadana: MARGELA MIQUELENA OCHOA, contra la entidad de trabajo: FUNDACION VENEZOLANA- ALEMANA COLEGIO HUMBOLT y en forma personal al ciudadano. STEFFEN ULRICH FINKELMEYER. Se admite dicho escrito cuanto a lugar en derecho. Se acuerda la intimación de la demanda a la ciudadana: MARGELA MIQUELENA OCHOA, en la persona de su apoderado judicial, abogado JOSE SCHIAVI ABOGADO EN EJERCICIO Y DE ESTE DOMICILIO, IPSA 49.106., y se tiene como su domicilio la siguiente dirección: Avenida Intercomunal el Valle, se.....