este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara INADMISIBLE la demanda de Prestaciones Sociales interpuesta por el ciudadano LUIS RAMON LAYA contra la Sociedad Mercantil CENTRAL MADEIRENSE C.A., ambas partes plenamente identificados en este fallo.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada en la Sede Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, a los diecises (16) días del mes de abril de dos mil siete (2007).