este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES en los términos expuestos. En cuanto a la solicitud de 2 copias certificadas del acuerdo transaccional y del presente auto, este Tribunal acuerda su expedición por secretaría, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 21 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo.