este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo en los términos expuestos, dándole efectos de COSA JUZGADA. En cuanto a la solicitud de dos copias certificadas del escrito y del presente auto, este Tribunal acuerda lo solicitado y ordena su expedición por secretaría, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo