Este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE INCOMPETENCIA presentada por la representación judicial de la demandada MERCADOS DE ALIMENTOS,C.A. (MERCAL,C.A) en el juicio por jubilación incoado por el ciudadano: CARLOS ALBERTO JOUBERT, ambas partes antes identificadas. SEGUNDO: Declara que los Tribunales del Trabajo tienen COMPETENCIA POR LA MATERIA para conocer del presente juicio. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Se deja establecido que de conformidad con el artículo 11 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo y 71 del Código de Procedimiento Civil, la presente decisión no suspende el curso de la causa, ni siquiera en el supuesto de una solicitud de regulación de competencia, por lo que la cel.....