este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, HOMOLOGA el presente DESISTIMIENTO en los términos expuestos de conformidad a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por aplicación analógica del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
En cuanto a lo solicitado en la diligencia en cuanto a dejar constancia por secretaría para la celebración de la audiencia preliminar, este Tribunal niega lo solicitado por cuanto revisadas las actas procesales, se evidencia que de las diligencias dejadas por el Alguacil José Gregorio Maldonado (folios 106 al 111) acerca de las notificaciones practicadas a las codemandadas PROMOTORA SALUVEN,C.A.; ADMINISTRADORA INDIA,C.A. y HOSPITALIZACIÓN INSTITUTO DIAGNOSTICO, que la persona a la cual se le hizo entrega del cartel JOHANA DIAZ, presuntamente titular de la cédula de identidad Nro. 84.404.416, se negó a su.....