Este Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, por cuanto la mediación ha sido positiva y no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora ni normas de orden público, se homologa el acuerdo de las partes conforme a lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; dándole efectos de Cosa Juzgada. Asimismo, vista la solicitud de copias certificadas de la transacción; este Tribunal ordena su expedición por secretaría, conforme a lo establecido en el ordinal 3 del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para su entrega en este mismo acto. Finalmente, se deja constancia de la devolución de las pruebas promovidas por las partes.
La Jueza
Abg. Olga Romero
Parte Actora Parte demandada
La Secr.....