Ahora bien, la parte actora no argumenta su petición y por el contrario se ha limitado a solicitar la medida cautelar, sin que haya alegado, cuáles son los hechos que hacen presumir la existencia de un peligro, tampoco señala las presuntas lesiones graves o difíciles que pueden ser ocasionadas, ni el riesgo de frustración en la ejecución del fallo, en consecuencia, considera este juzgado que no hay elementos de juicio que hagan presumir gravemente la ilusoriedad de la ejecución del fallo, se observa que es una simple pretensión que carece de fundamentación fáctica, por lo cual no están colmados los requisitos expuestos, en consecuencia se declara improcedente la medida cautelar solicitada.