DECISIÓN
Por las motivaciones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado Vigésimo (20º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara PRIMERO: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, en el juicio interpuesto por la entidad de trabajo ARTISOL C.A, contra el ciudadano FERNANDO MOYANO CALDERON, titular de la cedula de identidad nº 5.587.483.- SEGUNDO: Se establece que vencido el lapso de ley para la interposición de los recursos correspondientes, se dará por terminado el presente asunto, así como su archivo definitivo.