D I S P O S I T I V O
Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por el ciudadano JOSE JESUS VARGAS ZAMORA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de identidad Nº V-151.860 contra la empresa "GRUPO ACCION PREVENTIVA 24, C.A." por el concepto que fue determinado en el cuerpo de la presente decisión; SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada a pagar al actor la cantidad de, BOLIVARES VEINTIOCHO MIL CIENTO SETENTA CON 13/100 CENTIMOS (Bs. 28.170,13). Y ASI SE ESTABLECE., por los conceptos establecidos en la motiva del presente fallo. TERCERO: SE ORDENA la designación de un solo Experto Contable, cuyos honorarios correrán por cue.....