Este Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA por la ciudadana MORELLA ASTRID ARAUJO DE PONTE contra la empresa JARDIN DE INFANCIA MI CASITA BLANCA, C.A",, por concepto de cobro de prestaciones sociales, condenándose a la demandada, al pago de la cantidad de BOLIVARES NUEVE MIL SETENCIOS NUEVE CON VEINTIDOS CENTIMOS (Bs. 9.709,22); por el concepto que fue determinado en el cuerpo de la presente decisión; más lo que resulte por los conceptos de intereses sobre prestaciones sociales, de mora e indexación o corrección monetaria, para lo cual se ordena realizar una experticia complementaria del fallo de conformidad con lo previsto en el Articulo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con un único perito, el cual se.....