En el dia de hoy, este Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el procedimiento de ESTABILIDAD seguido por la ciudadana YENNY SOJAIRE DIAZ LISBOA contra la empresa GRUPO CONGENTE E.T.T., C.A., SOLUCIONES CONGENTE E.T.T., C.A. Y DIGITEL TIM.