En consecuencia este Juzgado homologa el acuerdo de las partes en cuanto el procedimiento de oferta real, se niega el desistimiento de la acción, en el procedimiento de oferta real intentado por la parte oferente la empresa "ALIMENTOS CON SABOR 2007,C.A", a favor de la parte OFERIDA , la ciudadana JANETH ISABEL MEJIA MATOS , titular de la cédula de identidad Nº: V-13.461.022 , antes identificada ", dándole efecto de cosa juzgada. Se acuerdan las copias certificadas solicitadas del escrito transaccional, del auto que lo homologa y del auto que ordene el cierre y archivo del expediente, de conformidad con lo establecido en el Art 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, numeral tercero. Expídanse por Secretaria. Así se decide.
Por cuanto la decisión se dicta fuera de lapso, se ordena notificar a las partes. Líbrese boleta de notificación.
La Jueza
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto Abg. Héctor Rodríguez