En la misma oportunidad revisado como ha sido el escrito transaccional presentado por la parte oferente y oferida este Tribunal expone: Vista la diligencia contentiva de la transacción, presentada en fecha 05 de agosto de 2011 , por la parte oferente el ciudadano , Luis E Palacios titular de la cédula de identidad N°: 9.072.149 asistido por la abogado Eliana Arcia I.P.S.A N°: 57.540 , y por la parte oferente la empresa FABRICA VENEZOLANA DE CAMAS Y JERGONES (FAVECA) C.A; representada por el abogado Alexis Enrique Aguirre Sánchez, abogado inscrito en el I.P.S.A N°: 57.540, debidamente facultado en este acto según consta de instrumento poder que cursa a los autos, respectivamente; una vez revisada la transacción celebrada por las partes, por la cantidad de (Bs. 16.492,45) se determina que la misma cumple con los requisitos exigidos en el encabezamiento del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 de su Reglamento, por cuanto versa sobre los derechos establecid.....