En consecuencia; este Juzgado HOMOLOGA dicho desistimiento en los términos expuestos, de conformidad con lo establecido en el Art 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente por el Art 11 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo. Se ordena el cierre informático y archivo definitivo del presente asunto, una vez haya transcurrido el lapso legal para que las partes ejerzan los recursos de Ley.-.
El Juez
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto
Abg. Dorimar Chiquito