on base en las consideraciones que anteceden este Juzgado Vigésimo Segundo (22°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por la ciudadana ALEJANDRA REINA MOY contra la entidad de trabajo EDITORA DEL DIARIO VEA C.A.
Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condena en costas.