De acuerdo a todo lo expuesto, se observa que la causa no estaba en estado de ejecución forzosa, y que la demandada tuvo motivos para apelar, así mismo se observa que hasta la presente fecha, no han quedado definitivamente firmes los frutos condenados a pagar.
Por las razones anteriormente expuestas y vista que la parte demandada no se ha negado a pagar las sumas condenadas, por cuanto la experticia no esta definitivamente firme, niega la actualización de la experticia. Así se decide.
El Juez
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto
Abg. Antonio Boccia